Licencias de conducir: para iniciar el trámite se deberá declarar domicilio electrónico
El Gobierno dispuso que toda persona que inicie un trámite vinculado con la Licencia Nacional de Conducir deberá informar obligatoriamente un domicilio electrónico en carácter de declaración jurada.
El Gobierno dispuso que toda persona que inicie un trámite vinculado con la Licencia Nacional de Conducir deberá informar obligatoriamente un domicilio electrónico en carácter de declaración jurada. La decisión fue formalizada mediante la Disposición 59/2026 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), publicada en el Boletín Oficial.
La norma establece que el correo electrónico informado será considerado válido para todas las notificaciones relacionadas con el estado del trámite de la licencia, así como también para los antecedentes nacionales de tránsito atribuidos al solicitante con motivo de la circulación en la vía pública.
Según se informó, la ANSV, organismo descentralizado creado por la Ley N° 26.363 y actualmente bajo la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, fundamentó la decisión en la necesidad de adaptar sus procedimientos a los avances tecnológicos y fortalecer la modernización, eficiencia y transparencia en las comunicaciones.
Fuente: EL ONCE




